La oferta de nacionalidad a sefardíes satura los Consulados Españoles

La decisión del gobierno de Mariano Rajoy de modificar el Código Civil para conceder la nacionalidad española a los descendientes de los judíos que en 1492 fueron expulsados de la península Ibérica, anunciada el viernes, ha despertado un desmesurado interés en los ciudadanos israelíes, que con sus consultas han saturado los consulados españoles en Tel Aviv y Jerusalén. Hasta ahora los llamados sefardíes podían solicitar la nacionalidad española con procedimientos lentos y farragosos, y renunciando a sus otros pasaportes. A partir de ahora, por una iniciativa del ministerio de Justicia que aún debe votarse en el parlamento, podrán conservar más nacionalidades aparte de la española.

Pruebas como condición de sefardíes: certificados del rabino, apellidos o ladino

Los requisitos alternativos que el anteproyecto de ley establece como suficientes para conceder la nacionalidad española a los sefardíes:

Un certificado de la autoridad rabínica competente, reconocida legalmente en el país de la residencia habitual.

Apellidos del interesado o el idioma familiar (ladino).

Un certificado de la Federación de Comunidades Judías de España en el que se acredite que el interesado es sefardí.

La inclusión del peticionario o su descendencia directa en las listas de familias sefardíes protegidas por España.

La vinculación o parentesco del solicitante con una persona o familia de las mencionadas en el apartado anterior.

Los solicitantes podrán presentar su documentación por un periodo de dos años después de que la ley se publique en el Boletín Oficial del Estado. El consejo de ministros puede prorrogar ese plazo un año más.